LEVANTAMIENTO de EMBARGO / INHIBICION

REGISTRO PROPIEDAD INMUEBLE

CAPITAL FEDERAL

 

Modo Común: (3/5 meses) - $ 65000.-

Modo Urgente: (1/2 meses) - $ 93000.-

 

INCLUYE: diligenciamiento, confección de minutas, rogatorias, sellados y honorarios

 

VALORES ADICIONALES A DETERMINAR

Delegación de Facultades (si no nos autorizó en el instrumento) $ 20000

 

Para levantar una Medida Cautelar en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal, se deberá contar con el Testimonio Judicial debidamente confeccionado. Si el Juzgado Actuante no fuera de Capital Federal, deberá ser Testimonio Ley 22.172 con todos sus recaudos.

 

Para descargar la Ley 22.172 haga clic aquí. Si ya tiene confeccionado el Testimonio puede descargar la delegación de facultades haciendo clic aquí. Deberá estar firmada y sellada por el profesional autorizado en el Testimonio.

 

Los valores indicados son finales, incluyen diligenciamiento, confeccion de minutas, rogatorias, sellados y honorarios.

 

Si la documentación fuera observada por el organismo, el costo de cada reingreso es de $ 20000.-

 

Si necesita hacer una consulta, puede completar el siguiente formulario

 

GESTORIA UNO - CAUTELAR LEVANTA RPI CF

 

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